Agilización en las solicitudes de ERTE
El procedimiento por el que se realizan las solicitudes de iniciación de ERTE por parte de las empresas, deberá estar resuelto por la Administración en un periodo máximo de 7 días. En este caso se trata de beneficiar a las empresas para que durante este cese en la actividad repercuta lo menos posible en su economía.
La empresa que solicite dicho ERTE, debe justificar que su actividad se ha visto perjudicada por el estado de alarma, ya sea por el cierre de su actividad, por contagio de trabajadores o por aislamientos.
Paro para los trabajadores por cuenta ajena y propia (autónomos) Una de las reivindicaciones que realizaban los agentes sociales, la concesión de un subsidio o paro para los trabajadores autónomos que se hayan visto afectados. Además para aquellos trabajadores que por el mismo motivo su empresa haya tenido que aplicar esta situación, el paro percibido no será detraído de un derecho posterior que pudieran tener por cualquier otro motivo.
En los primeros, se ha de acreditar que sus ingresos por cuestión de su actividad han disminuido en un 75% o menos, y en los segundos, el paro que percibirán será de un 70% conforme a su base reguladora.